Calendario Laboral 2017
CATALUÑA - DOGC 06-06-2016 – ORDEN TSF/137/2016
Fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperable
De las trece fiestas mencionadas habrá una, a elegir entre el 6 de enero (Reyes), el 21 de abril (lunes de Pascua Florida), el 24 de junio (San Juan) y el 26 de diciembre (San Esteban), que tendrá el carácter de recuperable. Las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable. En el territorio de EraVal d'Aran, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la de 17 de junio, como fiesta d’Aran, de acuerdo con lo que establece el Decreto 152/1997 y el Decreto 146/1998, por los cuales modifica el Decreto 177/1980, sobre el calendario de fiestas fijas y suplentes al territorio d’Era Val d’ Aran. Fiestas locales: cada municipio propondrá 2 fiestas locales, además de las anteriores, de carácter retribuido y no recuperable. Barcelona: 05/06/2017 y 25/09/2019 Nota: El calendario laboral anual tendrá efectos como calendario de días inhábiles por lo que respecta al cómputo de plazos administrativos en Catalunya. |